Los peruanos gozamos del derecho de sufragio y participación política y nos parece un derecho tan natural que no valoramos las jornadas de debate y lucha por conseguirlo. La historia política del país nos muestra como el votar era un privilegio de pocos ciudadanos.
Sin embargo, a lo largo de nuestra vida republicana y como expresión de los cambios sociales y económicos ocurridos, el derecho al voto ha sido paulatinamente ampliado a diversos sectores sociales.
Evidentemente, en su momento histórico, la discusión sobre la inclusión o no de cierto sector social se abordó abiertamente. Por un lado, había quienes creían en las diversas modalidades de restricciones y aquellos que planteaban la apertura.
Cabe anotar que, por ejemplo, el voto masculino se fue ampliando lentamente desde quienes eran propietarios hasta la mayoría de los hombres que no fueran analfabetos o tuvieran menos de 21 años.
Así, sólo los varones, por diferentes consideraciones se disputaban el derecho a votar. Estás mismas personas, visionarias en su momento, no podían concebir, sin embargo, que se les otorgase el voto a la mujer o a los analfabetos.
Tanto es así, que el voto a la mujer se otorgó a la mitad del siglo XX, cuando en 1955, mediante ley N° 1239, se modificó la Constitución de 1933. En esa época, preclaros intelectuales, tenían reservas sobre tal decisión como Manuel Vicente Villarán.
La Constitución de 1979 redujo la edad de la ciudadanía de 21 a 18 años y reconoció el derecho de voto a los analfabetos. Ampliando de este modo el número de ciudadanos que podían ejercer el derecho de sufragio.
El Pleno del Congreso de la República ha modificado el artículo N° 34 la Constitución Política con el texto siguiente: «Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional tienen derecho al voto y a la participación ciudadana, regulados por ley. No pueden postular a cargos de elección popular, participar en actividades partidarias o manifestaciones ni realizar actos de proselitismo, mientras no hayan pasado a la situación de retiro, de acuerdo con ley».
Con esta medida, se hace un corte a la prohibición constitucional manifiesta en las cartas políticas de 1933 y 1979 y las leyes electorales que negaron el derecho de sufragio a los miembros de las Fuerzas Armadas.
Este reconocimiento, como los otros, tienen detractores y defensores. En especial, por el papel que algunos militares han tenido a lo largo de la república.
Los detractores se preocupan por las posibilidades de proselitismo en los cuarteles o el poder adicional que tendrían los militares en el proceso político.
Evidentemente, una condición esencial es que los mandos militares estén sometidos a la Constitución y las leyes, y que no se conviertan en árbitros o actores de las situaciones políticas que se presenten en el futuro.
Los defensores sostienen que hay acuerdos internacionales que el Estado peruano debe acatar, y que la tendencia en Latinoamérica es el de otorgar dicho derecho.
Asimismo, la democracia implica Inclusión Plena, en el sentido de la propuesta de Robert Dahl que sostiene: «El cuerpo de la ciudadanía de un Estado gobernando democráticamente debe incluir a todas las personas sujetas a las leyes de dicho Estado, excepto a los transeúntes y a aquellas que han demostrado ser incapaces de cuidar de sí mismas«. [1]
Nota
[1] Dalh, Robert. La democracia. Una guía para los ciudadanos. Pág. 91.