Partidos, alianzas y grupos parlamentarios

Circula información sobre el proceso electoral 2006 en el que se hacen simulaciones sobre la posible composición del Congreso de la República y la cantidad de representantes que tendrían las organizaciones políticas.

Este escenario, visualizado sobre la base de encuestas electorales, indica que entre 5 y 7 organizaciones accederán a la distribución de escaños, y ello en aplicación de la barrera electoral. La barrera electoral es el mecanismo mediante el cual, la distribución de los escaños en el Parlamento se hace entre aquellas organizaciones que alcanzan el 4 % de los votos a escala nacional o 5 congresistas en diferentes departamentos.

Ahora bien, al margen de los resultados del próximo 9 de abril, hay que considerar lo siguiente en cuanto a la futura conformación del Congreso:

  1. Los partidos políticos presentan listas de candidatos al parlamento;
  2. Las alianzas electorales forman grupos de partidos políticos que presentan de manera conjunta su lista al parlamento.

De lo anterior debe entenderse que es probable que sea mayor el número de partidos políticos que ingresen al parlamento, que el número de organizaciones políticas —léase partidos y alianza de partidos— que participen de la asignación de escaños al momento del cómputo de los votos.

Esto es lo queremos resaltar. Una alianza electoral puede o no mantenerse unida al acabar el proceso electoral. Si lo hace, promueve la conformación de bloques definidos en el parlamento. Es decir, bancadas claramente identificadas a posteriori de la elección.

Si en cambio, se separan los partidos que la conformaban, entonces cada partido político y sus representantes elegidos, harán prevalecer su propia personalidad partidaria, lo que daría lugar a los siguientes casos en la conformación del parlamento:

  1. Partidos políticos que han alcanzado 6 o más escaños que conformarán un grupo parlamentario.
  2. Partidos políticos que han alcanzado 5 escaños por efecto de la barrera electoral que, para conformar un grupo parlamentario tendrán que aliarse con otro partido político con representación en el parlamento.
  3. Alianzas electorales que se mantienen unidas en el parlamento, sean de gobierno u oposición con 6 o más escaños que conformarán un grupo parlamentario.
  4. Alianzas electorales que se separan luego las elecciones y que los partidos integrantes adquieren su propia autonomía en el parlamento. El agrupamiento se hará con el objeto de conseguir 6 o más representantes para conformar un grupo parlamentario, o no ser parte de ninguno.

Según el Reglamento del Congreso de la República un grupo parlamentario es “…un conjunto de congresistas que comparten ideas o intereses comunes o afines.  Se constituyen con un mínimo de seis congresistas…”. Su importancia radica en que a través de esta instancia se decide la conformación de los órganos de dirección y deliberación del parlamento. El no integrar un grupo parlamentario merma la capacidad del representante en la asignación de tiempos en el debate congresal y la posibilidad de incluir temas en la agenda.

De lo que se deduce, que un grupo parlamentario no siempre corresponde a un partido político en el parlamento; en muchos casos un grupo parlamentario congrega a varios partidos políticos; en otros casos, sí hay identificación entre un partido político y un grupo parlamentario; también es posible que los representantes no conformen grupo parlamentario alguno. Lo que es imposible, —tal como está reglamentado— es que exista un grupo parlamentario con menos de 6 representantes.

La conclusión del proceso eleccionario y sus resultados influirá decisivamente en el rol que los partidos políticos integrantes del nuevo parlamento tendrán frente al nuevo gobierno. Esto se reflejará finalmente en la conformación de los grupos parlamentarios y la orientación que tendrán frente al gobierno, sea de apoyo u oposición.

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