En efecto, estiman los ingleses que su derecho político vigente es resultado de un desarrollo continuo y orgánico desde la Edad Media, y consideran que el primer documento de su actual constitución es la Carta magna dada por Enrique III en 1225, verdadero pacto de libertades concluido entre poderes feudales. Ya su preámbulo es característico al respecto.
Dice así: “Enrique, por la gracia de Dios Rey de Inglaterra, etc., a los arzobispos, Obispos, Abades, Priores, Condes, Barones, Vizcondes, etc., y a todos sus fieles que la presente carta leyeren, salud: etc.” Y luego sus textos más significativos declaran la estructura de privilegio de las libertades que se reconocen.
La tradición jurídica inglesa es distinta a la de países tributarios de la tradición jurídica romana y, modernamente, del Código Napoleónico. «La historia política de Inglaterra representa -si se prescinde de los breves y frustrados intentos de gobierno monárquico absolutista- una transición directa y evolutiva desde las condiciones políticas de la Edad Media hasta la organización del moderno Estado constitucional, -que, por tal causa, conserva allí muchos rasgos medioevales.» (Pág. 1)
Tipo de documento: Ensayo