En el Perú ocurre algo parecido a “dime qué financiamiento tienes y te diré qué sistema de partidos contienes”. Y esto nos deja muchas ideas por discutir. De hecho, esta ponencia podría llamarse Dinero y política: la caja negra del financiamiento, la caja negra de la política.
Cabe revisar cuál ha sido la consideración histórica de los partidos políticos en el Perú. Si uno da una mirada muy rápida sobre la incorporación constitucional de los partidos políticos, puede darse cuenta de que estamos hablando de poco más de dos décadas.
Hasta ese momento, y en la primera Constitución del año 33, se hace mención de los partidos, pero no los constitucionaliza. El término partido político es referido de forma negativa, para decir que su existencia está negada a aquellos que tienen lazos y alcance internacional. Esta mención se hace explícitamente para eliminar legalmente al APRA y al Partido Comunista en aquella época.
De allí en adelante, hasta el año 62, algo más de tres décadas, el péndulo entre gobiernos autoritarios militares y escasos gobiernos civiles que no contenían necesariamente un pluralismo político, fue lo que signó la política nacional.
Es importante decir que en el año 62 se da también el estatuto electoral dentro de un gobierno militar, y esto abre un proceso político importante, pues se promulga la ley 14250, que ha sido de alguna manera la madre de todas las leyes electorales en el Perú, y allí se reconoce de hecho algo que ha sido medular: el financiamiento privado de los partidos políticos. Y digo de hecho, y no tanto de derecho, porque casi nada está normado.
Aunque el hecho de que no esté normado no quiere decir que no deba darse cuenta de un fenómeno que hace del Perú, de los dieciocho países latinoamericanos que ha estudiado Daniel Zovatto, el que tiene menores regulaciones. Los partidos viven, obviamente, con una economía y con dinero, independientemente de que sus ingresos estén o no regulados.
Ahora bien, no es casual que esto ocurra en el año 62 con la primera legislación electoral importante en el Perú, puesto que la Constitución de ese año asimila por primera vez no sólo a aquellos partidos considerados ilegales, como el Partido Comunista y el APRA, sino también a otras organizaciones políticas que nacieron en la década del 50. Lo que marcó el inicio de un lento proceso para constituir un sistema de partidos.
Es recién en el año 66, apenas convocadas las elecciones municipales por primera vez en el país y en la historia de la legislación electoral peruana, que se introduce el tema del financiamiento público y se conviene otorgar tiempo en las emisoras de radio del Estado para la emisión de las comunicaciones y propagandas. Es decir, estamos hablando de un sistema de financiamiento público indirecto, otro elemento que hay que tomar en cuenta en el caso peruano.
En casi toda la legislación, hasta la actualidad, lo que tenemos aparte del financiamiento privado, no normado o escasamente normado, es el financiamiento público indirecto, y esto centrado fundamentalmente en la parte de las comunicaciones, es decir, en radio y televisión. Pero con los avatares de la vida democrática en América Latina, el caso peruano también mostró un paréntesis muy grande durante la década del 70.
Fue recién a fines de este decenio, y al inicio de la transición democrática, que el gobierno militar, otro gobierno militar, dio cuenta de un decreto ley en términos de la legislación electoral y se estipuló un elemento nuevo, que consistía en otorgar, en un modelo parecido al de la franja electoral, espacios en televisión para los partidos políticos.
Hasta ese momento sólo había actuado la radio. Es cierto que la televisión no era tan importante en la década del 60 como la radio, pero a fines del 70 y a inicios del 80, sí. Y si bien es cierto que en el Perú no hubo, y aún ahora no hay financiamiento público, se da un hecho singular: la inversión cada vez mayor en televisión. Para decirlo en otras palabras, la televisión encareció la política. (Págs. 1-2)
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